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»Si un levita que viva en alguna de las ciudades de Israel, respondiendo al impulso de su corazón, se traslada al lugar que el Señor haya elegido, podrá ministrar en el nombre del Señor su Dios como todos los otros levitas que sirvan allí, en la presencia del Señor. Recibirá los mismos beneficios que ellos, además de su patrimonio familiar.

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